REPROCANN: cómo sacar tu permiso de cultivo paso a paso
Qué es el REPROCANN, quién puede inscribirse y cómo hacer el trámite paso a paso para cultivar cannabis medicinal dentro de la ley. Con lo que tenés que saber si vivís en El Calafate.
9 min de lectura · Revisada en octubre de 2026


En esta guía
Información revisada en octubre de 2026. Esta guía es informativa: no reemplaza el asesoramiento legal ni médico, y la palabra final siempre la tiene el sitio oficial del Programa de Cannabis Medicinal.
Qué es el REPROCANN
El REPROCANN (Registro del Programa de Cannabis) es el registro nacional a través del cual el Estado autoriza el cultivo controlado de cannabis con fines medicinales, terapéuticos o paliativos del dolor. Lo prevén la Ley 27.350 y su reglamentación (Decreto 883/2020), lo creó en 2021 la Resolución 800/2021 del Ministerio de Salud y hoy rige con los cambios de la Resolución 1780/2025, publicada en el Boletín Oficial el 23 de mayo de 2025.
Lo decimos claro: en Argentina, el autocultivo de cannabis es legal solo con una inscripción vigente en el REPROCANN. Sin autorización rige la Ley 23.737, que aun para pocas plantas de consumo personal prevé de un mes a dos años de prisión. El autocultivo recreativo sigue sin estar permitido.
El trámite de inscripción no tiene costo. La consulta médica, si es privada, se paga aparte.
¿Quién maneja el REPROCANN en 2026?
Con la Resolución 376/2026 (Boletín Oficial del 10 de marzo de 2026), el Ministerio de Salud delegó en la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas (SEDRONAR) la tarea de evaluar, autorizar, registrar, suspender y dar de baja las inscripciones. La SEDRONAR forma parte del Ministerio de Salud, y a octubre de 2026 la información oficial y el portal del trámite siguen en los sitios de Salud.
Quién puede inscribirse
La resolución vigente prevé varias formas de acceder al cultivo:
- Autocultivador: la persona con indicación médica que cultiva para sí misma. Puede representarla un familiar de primer o segundo grado de consanguinidad, un tutor, un curador o un representante legal.
- Tercero cultivador: cultiva para un único usuario (y para sí, si también se inscribe como autocultivador). Necesita la conformidad de ese usuario, que renuncia a ser autocultivador o a vincularse con una organización; no tener condenas firmes por la Ley 23.737; presentar un informe cromatográfico por lote y una declaración jurada semestral, y declarar el domicilio de cultivo, que además tiene que notificar al municipio.
- Asociaciones civiles y fundaciones: cultivan para las personas que representan (hasta 150 por organización, ampliable a pedido), con director médico, responsable técnico y hasta tres domicilios de cultivo.
Si la persona paciente es menor de edad o está a tu cargo, te inscribís con el rol Responsable a cargo y la buscás por DNI en la sección "Mis personas a cargo" del portal REPROCANN.
Qué necesitás antes de empezar
- Una cuenta de Mi Argentina con tu identidad validada: todos los roles ingresan por ahí.
- Un médico habilitado. Tiene que estar inscripto en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS), haber registrado su formación académica en cannabis medicinal ante el REPROCANN y tener su firma digital registrada ante el Ministerio de Salud.
- Tus datos de contacto (email, celular y teléfono fijo), tu cobertura de salud y el domicilio de cultivo, que se informa con georreferenciación.
- El Consentimiento Informado Bilateral, que firman vos y tu médico, y la declaración jurada. Según el instructivo oficial, el médico los adjunta en PDF cuando carga tu caso. El formulario y el instructivo se descargan desde la página oficial.
Al firmar el consentimiento aceptás que lo que obtengas de tu cultivo no es un medicamento aprobado por la ANMAT y que el médico es responsable del tratamiento.
Antes de sacar turno
Preguntale al profesional si ya está habilitado para el REPROCANN (REFEPS, formación registrada y firma digital). Si le falta algo, no va a poder vincularte y el trámite no arranca.
Paso a paso del trámite
- Entrá al portal REPROCANN con tu cuenta de Mi Argentina y elegí el rol que te corresponde (por ejemplo, Paciente o Responsable a cargo).
- Cargá tu domicilio, tu cobertura de salud (se elige de una lista) y tus datos de contacto.
- Elegí el tipo de cultivo: Autocultivo, si cultivás vos (registrás el domicilio de cultivo, que podés editar si te mudás), u Otro, si te vas a vincular con un tercero cultivador o una organización.
- Hacé clic en Registrarme. En "Mis datos" vas a ver tu código de vinculación.
- Pasale ese código a tu médico. Si vas con cultivador u organización, también hacés la vinculación con ellos. El trámite empieza recién cuando el médico te vincula.
- El médico carga el resumen de tu historia clínica, el diagnóstico, el tratamiento previo, la justificación, el producto indicado y la cantidad de plantas, y adjunta los formularios firmados.
- Si la plataforma te lo pide, revisá lo que cargó el médico y aceptalo (estado "Pendiente de consentimiento del paciente"). Si algo no está bien, podés rechazarlo indicando el motivo y el trámite vuelve al médico.
- Seguí el estado desde la plataforma. Cuando se aprueba, te llega un aviso al email: el certificado se descarga desde "Mis trámites" y la credencial, desde "Mis Datos". La credencial también aparece en la app Mi Argentina.
En el camino vas a ver estados como "Pendiente de revisión médica", "Pendiente de evaluación", "Aprobado" o "Rechazado". Entre los motivos de rechazo que prevé la plataforma están no cumplir los requisitos del programa, adjuntos erróneos o que no se ven bien, datos que no coinciden con los del registro y falta de detalle en la información clínica: revisá todo dos veces.
Cuánto tarda
No hay un plazo oficial publicado. Entre mayo de 2025 y febrero de 2026, distintos medios hablaron de más de 80.000 y hasta unos 100.000 trámites pendientes, con esperas de más de un año (cifras no oficiales).
A fines de 2025, según la prensa, la plataforma sumó la opción de anular un trámite de autocultivo que estaba en "Pendiente de evaluación" y empezar de nuevo, algo útil si, por ejemplo, tu médico no cumplía los requisitos nuevos. Desde fines de febrero de 2026, medios especializados informan que el sistema aprueba en forma automática algunos trámites considerados de bajo riesgo, y que los de menores de 21 años o con diagnósticos de salud mental siguen con revisión médica. No hay publicación en el Boletín Oficial que detalle ese mecanismo.
Ante esperas muy largas, algunas personas presentaron amparos por mora, y al menos un juzgado federal (Concordia, 2024) ordenó al Ministerio responder. Si es tu caso, consultalo con un abogado.
Límites de cultivo y transporte
Según el Anexo II de la Resolución 1780/2025, por paciente:
| Qué | Límite |
|---|---|
| Plantas florecidas | Entre 1 y 9 |
| Superficie interior | Hasta 6 m² |
| Superficie exterior | Hasta 15 m² |
| Transporte | Hasta 40 g de flores secas, o entre 1 y 6 frascos de 30 ml |
La cantidad concreta de plantas la indica tu médico al cargar el trámite, dentro de ese rango. El tercero cultivador no puede superar el doble del rango del autocultivador; según la prensa, eso equivale a un máximo de 18 plantas florecidas.
Sobre genética: la gacetilla oficial de mayo de 2025 dice que en todos los casos se exigen variedades previamente registradas, aunque la resolución lo menciona expresamente solo para terceros cultivadores y organizaciones. Ante la duda, consultá el canal oficial.
Si cultivás en interior, armar el espacio dentro de una carpa de cultivo te ayuda a tenerlo delimitado y fácil de medir.
Sin fines comerciales
El permiso es para uso medicinal y no habilita a vender. Fuera de los casos permitidos, producir y comercializar sigue siendo delito según la Ley 23.737, y superar los límites puede derivar en una investigación penal.
Vigencia y renovación
El certificado vale 3 años desde su emisión para autocultivadores y 1 año para asociaciones civiles, fundaciones y personas jurídicas. No hay renovación automática: según la FAQ oficial, cuando vence tenés que hacer el trámite de nuevo. La plataforma avisa cuando tu trámite está "pronto a vencer" y contempla renovaciones que entran en vigencia más adelante, así que conviene arrancar con tiempo.
Si sacaste tu permiso antes de mayo de 2025: la Resolución 1780/2025 dio seis meses (ya vencidos) para adecuarse a los nuevos requisitos, aunque fuentes oficiales dijeron a la prensa que, para quienes ya tenían el permiso vigente, no cambiaba nada hasta el vencimiento. Revisá el estado en la plataforma; cuando renueves, se aplican las reglas actuales. La autoridad también puede revocar permisos a pedido de la Justicia o ante irregularidades o incumplimientos.
Si te para la policía
Mientras esté vigente, el certificado es, según la norma, "prueba fehaciente y autosuficiente" de que cumplís las condiciones. No encontramos un protocolo oficial de las fuerzas de seguridad sobre cómo se controla.
Credencial y DNI, siempre juntos
Tené a mano la credencial vigente, en la app Mi Argentina o impresa, junto con tu DNI, y respetá los límites de transporte. Aun así, según medios especializados, en la práctica puede haber demoras o secuestros preventivos.
REPROCANN en Santa Cruz y El Calafate
Santa Cruz adhirió a la Ley 27.350 con una ley provincial sancionada en septiembre de 2017. No encontramos un registro provincial propio: la autorización para cultivar es la nacional, y como el trámite es online lo podés hacer desde El Calafate sin viajar. En septiembre de 2026 la Legislatura debatía un proyecto para crear un consejo consultivo provincial de cáñamo industrial y cannabis medicinal, todavía sin fecha de vigencia.
Cuando tengas tu certificado, en nuestras guías de autoflorecientes y fotoperiódicas, para indoor y para exterior o invernadero, te contamos cómo encarar el cultivo con el clima de la zona.
Si no querés cultivar
Podés inscribirte igual y vincularte con un tercero cultivador o una asociación inscripta. Con indicación médica también podés acceder a especialidades medicinales o a formulaciones magistrales en farmacias autorizadas. Si no tenés cobertura y te atendés solo en el sistema público, tenés derecho a acceder gratis a derivados de cannabis provistos por el Estado nacional.
Dónde consultar
- Información oficial: Cannabis medicinal en argentina.gob.ar y preguntas frecuentes del REPROCANN.
- Portal del trámite: reprocann.msal.gob.ar.
- Email de consultas que figura en la página oficial de contacto: programacannabis@msal.gov.ar.
Ojo con la información vieja
El sistema de registro anterior dejó de admitir inscripciones en junio de 2022, cuando se lanzó la plataforma actual. Además, algunas guías dicen que el médico necesita una "Diplomatura o Maestría": ese requisito era de la Resolución 3132/2024, que la 1780/2025 derogó; hoy se pide formación académica en cannabis medicinal registrada ante el programa. Ante cualquier diferencia, vale el sitio oficial.
Fuentes consultadas
- Ley 27.350 - Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis (texto)
- Decreto 883/2020 - Reglamentación de la Ley 27.350 (texto)
- Resolución MS 1780/2025 - Modificación del REPROCANN (texto y anexos)
- Resolución MS 376/2026 - Delegación de facultades en SEDRONAR (texto)
- Decreto 27/2026 - Boletín Oficial, 26/01/2026
- Ministerio de Salud - Cannabis medicinal
- Ministerio de Salud - Preguntas frecuentes REPROCANN
- Ministerio de Salud - Registro REPROCANN y acceso al cannabis medicinal
- Ministerio de Salud - Consultas y contacto del Programa de Cannabis
- Portal del trámite REPROCANN
- Ley 23.737 - Texto actualizado (Infoleg)
- ARICCAME - Preguntas frecuentes sobre la regulación del cáñamo y el cannabis
- Ministerio de Salud - Salud refuerza la trazabilidad y seguridad en la producción y el uso del cannabis medicinal (23/05/2025)
- Ministerio de Salud - Salud actualizó el Registro del Programa de Cannabis para el cultivo controlado (15/06/2022)
- Infobae - Nuevo REPROCANN: el Gobierno modificó los requisitos (23/05/2025)
- La Izquierda Diario - Cannabis medicinal: el clic del Reprocann tras seis meses de silencio (19/12/2025)
- PelaGatos - REPROCANN: el sistema empezaría a aprobar trámites de forma automatizada (24/02/2026)
- Diario Junio - REPROCANN inicia la aprobación automatizada (24/02/2026)
- Diario Judicial - Nueve meses sin noticias del REPROCANN (29/10/2024)
- Revista THC - REPROCANN en 2026: cuántas plantas podés tener y qué pasa si te controla la policía (28/04/2026)
- La Nueva - Por ley, Santa Cruz se adhirió al uso medicinal del cannabis (14/09/2017)
- El Monterizo - Santa Cruz debate una ley clave para los pacientes de cannabis medicinal (11/09/2026)
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